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Contrato y relevo de responsabilidad

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Detalles del servicio

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Lee el contrato de servicios

Toca cada título para leer las cláusulas.

Contrato de servicios de transporte privado · 16 cláusulas
  1. Objeto del contrato. El Proveedor ofrecerá transporte terrestre privado para un grupo mediante la unidad seleccionada, respetando su capacidad autorizada, hacia los destinos acordados dentro de Puerto Rico.
  2. Definición del grupo. “Grupo” comprende todas las personas transportadas bajo esta contratación. El Contratante responde por sus integrantes.
  3. Detalles del servicio. La fecha, hora, salida, destino, regreso, pasajeros y unidad indicados describen el servicio acordado. Todo cambio deberá ser aceptado por ambas partes.
  4. Precio y forma de pago. El Contratante pagará el depósito acordado para solicitar la fecha y el balance restante en o antes del día del servicio. El servicio no se considera reservado hasta que JL Transport reciba el depósito.
  5. Cancelación. El plazo y porcentaje de devolución serán los acordados y completados arriba. Para cancelaciones fuera del plazo acordado, el depósito no será reembolsable. Si el Proveedor cancela por fuerza mayor, se reembolsará lo pagado o se reprogramará el servicio.
  6. Obligaciones del Proveedor. Proveer la unidad en condiciones óptimas de funcionamiento, contar con los permisos y seguros requeridos por ley y brindar el servicio conforme a lo acordado.
  7. Obligaciones del Contratante. Proveer información correcta, cumplir con los pagos, velar por la conducta del Grupo, no exceder la capacidad de la unidad y cumplir con las leyes y reglamentos aplicables.
  8. Conducta y uso del vehículo. Se prohíbe dañar la unidad, incurrir en conducta desordenada o peligrosa o interferir con el conductor. El Proveedor podrá terminar el servicio sin reembolso si estas condiciones no se cumplen.
  9. Consumo de alcohol. El consumo estará sujeto a las reglas del Proveedor y a la ley aplicable. El Contratante responde por incidentes derivados del consumo.
  10. Daños. El Contratante responde por daños a la unidad ocasionados por miembros del Grupo y cubrirá los costos de reparación.
  11. Limitación de responsabilidad. El Proveedor no responde por pérdida de objetos personales, retrasos por tráfico, condiciones del tiempo, eventos fuera de su control ni actos de terceros.
  12. Relevo. Este contrato se interpreta junto con el Relevo de Responsabilidad y Asunción de Riesgo, que forma parte integral del acuerdo.
  13. Fuerza mayor. Ninguna parte responde por incumplimiento debido a eventos fuera de su control razonable.
  14. Separabilidad. Si alguna disposición fuera inválida, las demás continuarán en pleno vigor y efecto.
  15. Ley aplicable. El contrato se regirá por las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
  16. Acuerdo total. Este documento constituye el acuerdo total entre las partes y sustituye cualquier acuerdo previo relacionado con estos servicios.
Relevo de responsabilidad y asunción de riesgo · 16 cláusulas
  1. Definición del Grupo. Incluye a todas las personas que participen del viaje y utilicen el servicio, aunque no firmen individualmente.
  2. Descripción del servicio. Transporte grupal recreativo mediante la unidad seleccionada, dentro de su capacidad autorizada, a destinos de Puerto Rico, con paradas y actividades coordinadas.
  3. Representación y autoridad. El Contratante declara que tiene autoridad para representar al Grupo, que informará a sus integrantes de estos términos y que procurará que los cumplan.
  4. Relevo de responsabilidad. EL CONTRATANTE, POR SÍ Y EN REPRESENTACIÓN DEL GRUPO, VOLUNTARIAMENTE RELEVA, LIBERA Y EXIME AL PROVEEDOR, SUS EMPLEADOS, AGENTES Y REPRESENTANTES DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS, LESIONES, ACCIDENTES, PÉRDIDAS O PERJUICIOS A LA PERSONA O PROPIEDAD RELACIONADOS CON EL USO DEL SERVICIO, AUN CUANDO SURJAN POR NEGLIGENCIA ORDINARIA DEL PROVEEDOR, EN LA MEDIDA PERMITIDA POR LAS LEYES DE PUERTO RICO.
  5. Asunción de riesgos. El transporte y las actividades recreativas conllevan riesgos inherentes, incluidos accidentes vehiculares, caídas, lesiones, condiciones del clima y conducta de terceros. El Contratante asume voluntariamente estos riesgos por sí y en representación del Grupo.
  6. Indemnización. El Contratante acepta indemnizar, defender y mantener indemne al Proveedor ante reclamaciones del Grupo o de terceros relacionadas directa o indirectamente con el servicio, incluidos honorarios legales, en la medida permitida por ley.
  7. Responsabilidad por el Grupo. El Contratante asume responsabilidad por la conducta y disciplina del Grupo, responderá por daños causados por sus integrantes y cumplirá las normas del Proveedor.
  8. Alcohol o sustancias. Cualquier consumo será voluntario y bajo la responsabilidad del Contratante o del Grupo. El Proveedor no responderá por incidentes relacionados, en la medida permitida por ley.
  9. Condición física. El Contratante declara que, según su conocimiento, los participantes están aptos para participar y asume responsabilidad por informar y atender condiciones médicas preexistentes.
  10. Menores. El Contratante garantiza que cuenta con autorización de padres o tutores de menores y responde por su supervisión.
  11. Uso de imagen. La autorización para usar fotografías o videos promocionales es opcional y se solicita por separado abajo.
  12. Limitación de responsabilidad. En la máxima medida permitida por ley, cualquier responsabilidad del Proveedor se limita al monto pagado por el servicio.
  13. Separabilidad. Si una disposición es declarada nula o inválida, las restantes continúan vigentes.
  14. Ley aplicable y jurisdicción. El Relevo se rige por las leyes de Puerto Rico y las partes se someten a la jurisdicción de sus tribunales.
  15. Renuncia a juicio por jurado. Las partes renuncian expresamente a cualquier derecho a juicio por jurado en controversias relacionadas con este Relevo, en la medida permitida por ley.
  16. Aceptación expresa. El Contratante declara que leyó el Relevo completo, lo entiende y lo acepta voluntariamente por sí y en representación del Grupo.
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